Soberanía alimentaria

De Coredem
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EL PARADIGMA POSTMODERNO DE LA SOBERANÍA ALIMENTARIA

El nuevo concepto de soberanía alimentaria nace en los umbrales del siglo XXI. Apareció por primera vez a comienzos de los años noventa en los países de América Central azotados por los huracanes, las inundaciones, los movimientos telúricos, el hambre y la ayuda alimentaria internacional. Esta alivió temporalmente los problemas de desnutrición, pero, al mismo tiempo contribuyó a la desarticulación de los aparatos productivos nacionales.

Esta nueva tesis fue discutida por primera vez en la escena internacional en 1996, en la reunión alternativa convocada por la sociedad civil, con motivo de la Cumbre Mundial de la Alimentación. Posteriormente fue desarrollada en el Foro Mundial de Soberanía Alimentaria, realizado en La Habana, en septiembre 2001, y en varias reuniones nacionales, regionales y globales de los últimos años.

En la declaración final de dicho foro se afirmó que la “La soberanía alimentaria es la vía para erradicar el hambre y la desnutrición y garantizar la seguridad alimentaria duradera y sustentable para todos los pueblos.Soberanía alimentaria es el derecho de los pueblos a definir sus propias políticas y estrategias sustentables de producción, distribución y consumo de alimentos, capaces de garantizar el derecho a la alimentación para toda la población, en base a la pequeña y mediana producción, con respeto a sus propias culturas y a la diversidad de los modos de producción agropecuaria, de comercialización y de gestión de los espacios rurales de campesinos, pescadores e indígenas, en los cuales la mujer desempeña un papel fundamental.” Posteriormente el Comité Internacional de Planificación de la Soberanía Alimentaria, CIP, incluyó en este concepto el acceso a la tierra por parte de las agricultoras familiares.

La declaración de la Cumbre presidencial de alimentos para la vida, realizada en Managua, en mayo 2008, sentó las bases para la solidaridad regional y la formulación de una política regional de seguridad y soberanía alimentaria. En este instrumento internacional, suscrito por el presidente Correa, se incluye el subsidio a los pequeños productores de alimentos – especialmente a través de créditos - , se reconoce la necesidad de cuidar las plantas y semillas, la agro-ecología, así como también la universalidad del derecho a la alimentación.

La construcción del concepto post-moderno de soberanía alimentaria se produce en condiciones de globalización de la economía (apertura comercial), de mundialización del consumo (cadenas de supermercados, comida rápida), de cambio climático (inundaciones, sequías), de predominio del agro-negocio para la exportación, y de control de la ingeniería genética, de los insumos agrícolas y de los mercados por las empresas agro-alimentarias transnacionales.

Este nuevo enfoque complejo se sustenta en el concepto de derecho a la alimentación e incluye los siguientes elementos:

  • Multi-dimensionalidal en el sentido de que involucra la economía, la cultura, el tejido social e institucional, la biodiversidad y las tecnologías. Se trata de un campo de estudio que abarca la sociedad civil, el Estado, el mercado, y el ambiente. Por ello su estudio implica la interdisciplinaridad o trandisciplinaridad de los enfoques y estudios en los que se articulan las ciencias económicas, políticas, sociales (sociología, antropología), ambientales, de la salud, la nutrición, y la administración pública;
  • Inter-sectorialidad pues se sustenta en una visión articuladora de los sectores económicos (agrícola, pecuario, pesquero, artesanal, industrial, servicios, mercadeo), sociales (formas de asociatividad) y ambientales (derechos de la naturaleza);
  • El carácter supra-ministerial pues su estrategia va más allá de los ministerios y sus competencias y propone la articulación entre las instituciones del ejecutivo, y entre éstas y las de las otras funciones del Estado;
  • La articulación de niveles de gobierno y de sus territorios, desde lo local, provincial, nacional a lo internacional;
  • Su carácter estratégico o “bacilar” que implica la articulación de programas de diversos ministerios, y su proyección en el mediano y largo plazos, en función de la disponibilidad de recursos y de la correlación de las fuerzas políticas;
  • El respeto de la biodiversidad;
  • La agro-ecología, como respuesta a las necesidades de la tierra, de las personas y del Estado;
  • La diversidad cultural, pluri-nacionalidad e inter-culturalidad;
  • El enfoque de equidad social y equidad de género, como condición para comprender adecuadamente la feminización de la agricultura, de la economía popular solidaria y del consumo.

Los componentes de las normativas de seguridad y soberanía alimentaria varían según los países, la correlación de fuerzas y la identificación de las causas de la inseguridad alimentaria. En América Latina todavía hay países que definen la inseguridad alimentaria en términos de desnutrición/mal nutrición y pretenden solucionar estos problemas únicamente a través de programas asistenciales de entrega de alimentos y micro-nutrientes. En los últimos años se ha vinculado el acceso a los alimentos a la producción nacional proveniente de la agricultura familiar, como en los casos de Brasil y Ecuador. Sin embargo, en los dos casos el modelo predominante continúa siendo el agro-negocio para la exportación.

La nueva Constitución Política del Ecuador, aprobada en el referéndum de septiembre 2008, incluye por primera vez en la historia republicana el derecho a la alimentación (artículo 13), la soberanía alimentaría concebida como estrategia y obligación del Estado (artículo 281) y el acceso a los factores de producción, especialmente la tierra (artículo 282).

En Ecuador, la legislación de soberanía alimentaria todavía está en proceso de elaboración. La Ley Orgánica de Régimen de Soberanía Alimentaria, aprobada por la comisión Legislativa, el 17 de febrero 2009, fue vetada parcialmente por la Presidencia de la República en abril de este mismo año. El presidente Correa propone la apertura a la producción de agro-combustibles, plazo de un año para la legalización de la ocupación de manglares por parte de empresas camaroneras, y la participación social a través de una Conferencia de soberanía alimentaria integrada por ocho representantes de la sociedad civil, en lugar del Consejo de Soberanía Alimentaria propuesto por las organizaciones sociales.

Notas y referencias del artículo

Ver también

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Links

  • Cafolis: www.cafolis.org : Centro Andino para la Formacion de Lideres Sociales
  • Cerai www.cerai.es : Centro de Estudios Rurales y de Agricultura Internacional